A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Arcediano Segura·Demandado Juzgado Tercero Penal Del Circuito Especializada De Buga Valle Del Cauca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
- Factor subjetivo
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga y la Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal Especial para la Paz.
La controversia entre los precitados despachos se fundó en diferentes interpretaciones del factor subjetivo.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el entendimiento del artículo 8 transitorio de la Constitución, introducido mediante el Acto Legislativo 01 de 2017.
La Sala Plena de la Corporación estableció que la competencia para conocer la acción de tutela la tiene la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga a donde ordenó remitir el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 18 de agosto de 2022 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Arcediano Segura contra el Juzgado
- Tercero. del Circuito Especializado de Buga.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4259 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga y a la Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal Especial para la Paz
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.